¿CONOCES LAS NUEVAS AYUDAS A LA REHABILITACIÓN ENERGÉTICA?

¿CUÁLES SON LAS NUEVAS AYUDAS A LA REHABILITACIÓN QUE DEBO CONOCER?

1. ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN A NIVEL DE BARRIO

Tiene como objeto financiar obras de rehabilitación en edificios y viviendas dentro de Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP), siempre que se obtenga una reducción de al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable en tales edificios.
La intensidad máxima de la subvención se condiciona al ahorro energético final de la actuación (desde el 40% hasta el 80%). La cuantía máxima de la ayuda podrá alcanzar los 21.400 euros por vivienda.
En caso de que los propietarios o usufructuarios cumplan el criterio de vulnerabilidad económica o social, se financiará hasta el 100% del coste de la actuación con cargo a los fondos europeos.

2. ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN A NIVEL DE EDIFICIO

Tiene como objeto subvencionar obras de rehabilitación en las que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética, con especial atención a la envolvente edificatoria, en edificios de tipología residencial colectiva y en viviendas unifamiliares, debiendo tratarse en todo caso de actuaciones en las que se obtenga una reducción de consumo de energía primaria no renovable del edificio igual o superior al 30%.
La intensidad máxima de las ayudas se condiciona al ahorro energético final de la actuación (desde el 40% hasta el 80%). La cuantía máxima de la subvención podrá alcanzar los 18.800 euros por vivienda, pudiendo llegar al 100% en casos de vulnerabilidad).

3. MEJORA ENERGÉTICA DE VIVIENDAS

• Actuaciones de reducción de la demanda energética (calefacción y refrigeración) de al menos un 7%.
• Actuaciones de reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%.
• Actuaciones de modificación o sustitución de elementos constructivos en la fachada de adecuación al Código Técnico de la Edificación.
El importe de la subvención será del 40% del coste de la actuación con un límite de 3.000 euros por vivienda. Se aplicará a través de convocatorias públicas de las diferentes Comunidades Autónomas. El coste mínimo de cada actuación ha de ser igual o superior a 1.000 euros por vivienda.

Ya se ha aprobado el Real Decreto que regula los programas de ayudas en materia de rehabilitación, así como un Real Decreto-ley con una serie de medidas complementarias de refuerzo para apoyar la apertura del mercado de rehabilitación.
Este nuevo plan desbloquea parte de los fondos europeos, tanto en forma de subvenciones directas como de inventivos fiscales. Por eso, debemos estar al tanto de cuáles son estas ayudas para ayudar a nuestros potenciales clientes a tomar la decisión.

     RECUERDA

 

 

Ya se ha aprobado el Real Decreto que regula los programas de ayudas en materia de rehabilitación, así como un Real Decreto-ley con una serie de medidas complementarias de refuerzo para apoyar la apertura del mercado de rehabilitación.
Este nuevo plan desbloquea parte de los fondos europeos, tanto en forma de subvenciones directas como de inventivos fiscales. Por eso, debemos estar al tanto de cuáles son estas ayudas para ayudar a nuestros potenciales clientes a tomar la decisión.

Además, se han aprobado dos nuevas ayudas:

DEDUCCIONES EN EL IRPF
• Deducción del 20% por actuaciones que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual. Su periodo de aplicación será desde la entrada en vigor del RDL hasta 31 de diciembre de 2022.
• Deducción del 40% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras «A» o «B» en vivienda habitual. Su periodo de aplicación será desde la entrada en vigor del RDL hasta 31 de diciembre de 2022.
• Deducción del 60% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras «A» o «B» en edificios residenciales.

LÍNEA DE AVALES ICO
Línea de avales ICO de 1.100M€, para que las entidades de crédito puedan ofrecer financiación, en forma de préstamo con un plazo de devolución de hasta quince años. Deben dedicarse al pago de las obras de rehabilitación siempre que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética .

Si quieres obtener este consejo en pdf, haz clic aquí -> Consejo pro-122



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